Código Ético

INDEX

  1. INTRODUCCIÓN
  2. SOSTENIBILIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA
  3. ÁMBITO DE APLICACIÓN
  4. COMPORTAMIENTO POCO ÉTICO
  5. OBJETIVOS DEL CÓDIGO ÉTICO
  6. PRINCIPIOS GENERALES
  7. CONTROL INTERNO
  8. CRITERIOS DE CONDUCTA
  9. MÉTODOS DE APLICACIÓN
  10. SANCIONES

 

1. INTRODUCCIÓN

La misión del Grupo Interpump (en adelante, también “Grupo” o “Interpump”) es perseguir la excelencia en la gestión a través de la innovación y la calidad. La innovación es un objetivo permanente y es el resultado de una investigación constante de materiales, técnicas, productos y llevada a cabo con la ayuda de los equipos más avanzados. La calidad impregna todas las actividades del Grupo. Un requisito previo de la calidad es el control y la verificación meticulosos, metódicos y constantes de cada paso de la producción, desde la adquisición de materias primas hasta el producto final. La calidad asegurada por Interpump es el resultado de una cultura compartida y generalizada dentro de cada empresa. Los productos están diseñados para ser eficientes, fáciles e inteligentes de usar, garantizados, capaces de cumplir con los requisitos del mercado y, cuando sea posible, limitar el consumo de energía, respetando al usuario y al medio ambiente.

2. SOSTENIBILIDAD Y RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA

Interpump Group S.p.A. y sus filiales se inspiran en los principios de imparcialidad, honestidad, equidad, confidencialidad, transparencia, equidad, cohesión, colaboración, trabajo en equipo, ética profesional y respeto por la diversidad.

La empresa matriz, Interpump Group S.p.A., adopta un sistema de gobierno corporativo alineado con las mejores prácticas internacionales en gobierno corporativo y garantiza la máxima transparencia, en términos de sostenibilidad y responsabilidad social corporativa, a través del diálogo y la participación de sus grupos de interés, es decir, aquellas categorías de individuos, grupos o instituciones cuya contribución es necesaria para lograr la misión de Interpump y que tienen intereses significativos que gravitan en torno a la Actividades.

Interpump Group promueve el desarrollo sostenible y se compromete a crear valor a largo plazo en beneficio de sus partes interesadas y la comunidad circundante. En el desarrollo de sus actividades empresariales, Interpump promueve el respeto de los derechos humanos, el trabajo, la protección del medio ambiente, los derechos sociales, económicos y culturales, así como la protección de la libertad individual, en todas sus formas, repudiando cualquier discriminación, violencia, corrupción, trabajo forzoso o explotación del trabajo infantil.

El Grupo Interpump se adhiere a las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales y a los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos.

El Grupo Interpump también se compromete a medir y comunicar externamente su desempeño en sostenibilidad, particularmente en las áreas ESG.

El Código de Ética (en adelante, también denominado el “Código”), expresa los compromisos y responsabilidades éticas en la realización de actividades comerciales y empresariales, asumidas por todos los Colaboradores del Grupo Interpump sin distinciones ni excepciones, ya sean directores, empleados o Colaboradores en sentido amplio, es decir, incluidos aquellos que pueden ejercer, incluso de facto, la gestión y control de una de las sociedades del Grupo o actuar en nombre y/o por cuenta de la misma.

Con respecto a los consultores, proveedores y otros terceros, incluidos los clientes, que tienen relaciones con las empresas del Grupo (en adelante, también denominados “Terceros”), la firma de este Código, o de un extracto del mismo, o, en cualquier caso, la adhesión a las disposiciones y principios establecidos en el mismo, es una condición sine qua non para la estipulación de contratos de cualquier naturaleza entre Interpump y dichas partes. Las disposiciones así firmadas o, en cualquier caso, aprobadas incluso por hechos concluyentes, forman parte integrante de los propios contratos.

3. ÁMBITO DE APLICACIÓN

La adopción del Código Ético es obligatoria para Interpump Group S.p.A. y todas las empresas del Grupo Interpump y, por consiguiente, es vinculante para la conducta de todos los Colaboradores y, en su caso, de terceros. Es deber de cada empresa del Grupo poner el Código Ético en conocimiento de terceros, incluso si tienen relaciones discontinuas o temporales, y exigirles, en el desempeño de sus actividades, que cumplan con los principios y obligaciones establecidos en este Código. Además, Interpump tomará cualquier iniciativa necesaria en caso de incumplimiento o cumplimiento parcial del compromiso asumido para cumplir con las disposiciones contenidas en el Código y que se refieren a ellas, teniendo en cuenta que el incumplimiento de las disposiciones contenidas en este documento puede terminar la relación subyacente con el tercero.

El Código de Ética es válido tanto en Italia como en el extranjero, teniendo en cuenta la diversidad cultural, social, económica y normativa de los diversos países en los que opera el Grupo.

4. COMPORTAMIENTO POCO ÉTICO

En la conducción de los negocios, el comportamiento poco ético compromete la relación de confianza entre Interpump Group y sus partes interesadas.

El comportamiento de cualquier persona, ya sea un individuo o una organización, que busca apropiarse de los beneficios de la colaboración de otros, explotando posiciones de fuerza, no es ético y fomenta la asunción de actitudes hostiles.

5. OBJETIVOS DEL CÓDIGO ÉTICO

Una buena reputación es un activo intangible esencial.

Una buena reputación favorece externamente la inversión de los accionistas, la fidelización de los clientes, la atracción de los mejores recursos humanos, la serenidad del proveedor y la fiabilidad hacia los acreedores. Este Código Ético establece los objetivos de la gestión corporativa según criterios de ética y corrección profesional, desarrollo sostenible y eficiencia económica en las relaciones internas (alta dirección, dirección, empleados) y externas a la empresa (empresa y mercado), con el fin de favorecer líneas de conducta inequívocas, así como beneficios económicos inducidos por la consolidación de una reputación corporativa positiva.

6. PRINCIPIOS GENERALES

El Código constituye un conjunto de principios, cuya observancia es de fundamental importancia para el funcionamiento regular, la fiabilidad de la gestión y la imagen del Grupo Interpump. Estos principios inspiran las operaciones, el comportamiento y las relaciones, tanto internas como externas, de la empresa.

Imparcialidad

En las decisiones que afectan a las relaciones con los Grupos de Interés (la elección de los clientes a los que servir, las relaciones con los accionistas, la gestión del personal o la organización del trabajo, la selección y gestión de proveedores, las relaciones con la comunidad circundante y las instituciones que la representan), las empresas del Grupo evitan cualquier discriminación por motivos de edad, género, orientación sexual, estado de salud, raza, nacionalidad, opiniones políticas y religión de sus interlocutores.

Integridad

En el ámbito de su actividad profesional, los Colaboradores de las empresas del Grupo Interpump, así como los terceros que mantienen relaciones con las empresas del Grupo, están obligados a cumplir diligentemente con las leyes vigentes y aplicables localmente, así como con este Código Ético. La convicción de actuar en beneficio o en interés de Interpump no puede justificar, ni siquiera parcialmente, la adopción de una conducta contraria a los principios y contenidos del Código.

Equidad

Al llevar a cabo cualquier actividad, los Colaboradores del Grupo deben comportarse de una manera inspirada en los principios de equidad, transparencia y profesionalismo. Por lo tanto, los colaboradores deben evitar actuar en presencia de conflictos, aunque solo sean potenciales, entre intereses personales, aunque sean indirectos, y los intereses de Interpump.

Confidencialidad

El Grupo Interpump, en particular de conformidad con las normas sobre la protección de los conocimientos técnicos confidenciales y la información comercial confidencial contra la adquisición, el uso y la divulgación ilegales, garantiza la confidencialidad de la información, documentos, estudios, iniciativas, proyectos y contratos en su poder, implementando las medidas adecuadas para proteger dichos activos de información y evitar que personal no autorizado acceda a ellos. Del mismo modo, se abstiene de buscar y obtener posesión de datos o información confidenciales en contravención de las regulaciones vigentes.

El valor de los recursos humanos

Los colaboradores son un componente esencial para el éxito del Grupo Interpump. Por esta razón, Interpump protege y promueve el valor de los recursos humanos con el fin de mejorar y aumentar el activo de conocimientos y habilidades que posee cada Colaborador.

El Grupo Interpump persigue y promueve, en todas las actividades, el respeto de los derechos humanos y, en particular, el respeto de la vida humana, la libertad y la dignidad del individuo, la justicia, la equidad y la solidaridad. Se requiere un respeto similar de terceros.

Interpump garantiza la integridad física y moral de sus Colaboradores, asegurando, en particular, condiciones de trabajo respetuosas con la dignidad individual y un entorno de trabajo seguro y saludable. Del mismo modo, los terceros están obligados a garantizar la integridad física y moral de su personal, tanto por cuenta ajena como por ajena, asegurando, en particular, unas condiciones de trabajo respetuosas con la dignidad individual y unos entornos de trabajo seguros y saludables.

El Grupo Interpump garantiza la libertad de asociación de los trabajadores y reconoce el derecho a la negociación colectiva.

En ningún caso se tolerarán solicitudes o amenazas dirigidas a inducir a los Colaboradores o a terceros a actuar en contra de la ley y/o del presente Código Ético.

Equidad en el ejercicio de la autoridad

En todas las relaciones que impliquen el establecimiento de relaciones jerárquicas, especialmente con los Colaboradores, las empresas del Grupo se comprometen a garantizar que la autoridad se ejerza con equidad y equidad, evitando cualquier abuso. En particular, Interpump Group garantiza que la autoridad no se convierta en el ejercicio de un poder perjudicial para la dignidad y la autonomía de los Colaboradores y que las elecciones de organización del trabajo salvaguarden la dignidad y el valor de los Colaboradores.

Responsabilidad

Cada Colaborador realiza su trabajo y servicios con diligencia, eficiencia y equidad, utilizando las herramientas y el tiempo a su disposición lo mejor que puede y asumiendo las responsabilidades asociadas con los deberes que le incumben.

Comunicación

Cada empresa del Grupo Interpump informará a sus Colaboradores y terceros sobre las disposiciones y aplicación de este Código Ético, recomendando su observancia. En particular, prevé la difusión de este Código a sus destinatarios, para la interpretación y aclaración de las disposiciones contenidas en el mismo, para la verificación de su cumplimiento efectivo y para la actualización del mismo con respecto a los requisitos que surjan de vez en cuando.

7. CONTROL INTERNO

El Grupo Interpump, en materia de control interno, adopta sistemas específicos destinados a (i) determinar la adecuación de los distintos procesos de la empresa en términos de eficacia, eficiencia y rentabilidad; ii) garantizar la fiabilidad y exactitud de los registros contables y la salvaguardia de los activos de la empresa; (iii) asegurar el cumplimiento operativo con las regulaciones internas y externas; (iv) garantizar la trazabilidad de los procesos y la presentación de la documentación; v) garantizar la correcta atribución de competencias y el respeto de los principios de separación de funciones. El sistema de control interno es específico de Interpump Group S.p.A. y se compone de los controles que las Sociedades llevan a cabo sobre sus propios procesos, delegados a la responsabilidad principal de la gestión operativa. Estos controles se consideran una parte integral de cada proceso de la empresa.

8. CRITERIOS DE CONDUCTA

8.1. Transparencia hacia el mercado

Interpump Group persigue su misión garantizando la total transparencia de las elecciones realizadas. Con este fin, la Sociedad Matriz, Interpump Group S.p.A., se compromete a garantizar una relación constante y abierta con la generalidad de los accionistas e inversores institucionales, ofreciendo toda la información necesaria, así como el conocimiento del mercado de los hechos de gestión y eventos corporativos, que pueden influir significativamente en el valor de los instrumentos financieros emitidos.

En particular, Interpump Group S.p.A. adopta un sistema de normas destinadas a regular las relaciones con los accionistas e inversores, en línea con las mejores prácticas en gobierno corporativo y de conformidad con las regulaciones aplicables a las empresas que cotizan en bolsa. En este contexto, las relaciones se caracterizan por la máxima transparencia y una comunicación oportuna, con el fin de permitir a los accionistas e inversores tomar decisiones informadas.

SECCIÓN II – Criterios de conducta relativos a los Colaboradores

8.2. Selección de colaboradores

La evaluación de las personas que deben ser contratadas se lleva a cabo siempre sobre la base de la correspondencia de los perfiles de los candidatos con los esperados y con las necesidades de la empresa, de conformidad con el principio de igualdad de oportunidades de empleo y la prohibición de discriminación por motivos de raza, color, género, religión, nacionalidad y edad, en relación con todos los interesados. La información solicitada está estrictamente relacionada con la verificación de los aspectos previstos por el perfil profesional y psicoaptitud, respetando la privacidad y las opiniones del candidato.

Cada empresa del Grupo Interpump se compromete a no favorecer a candidatos indicados por terceros y, en particular, por personas pertenecientes a las Administraciones Públicas o clientes de la empresa.

El Grupo Interpump prohíbe todas las formas de trabajo forzoso y explotación del trabajo infantil y no tolera violaciones de los derechos humanos, en estricto cumplimiento no solo de la legislación italiana, sino también de los convenios internacionales pertinentes y otras leyes vigentes y aplicables localmente.

Del mismo modo, el Grupo no tolera ninguna forma de trabajo irregular y, en particular, no emplea, ni directa ni indirectamente, a nacionales de terceros países cuyo permiso de trabajo sea irregular. También se exige a terceros el respeto de este principio. En términos más generales, está prohibida toda conducta encaminada a procurar ilegalmente la entrada en el territorio del Estado o en otro Estado del que la persona no sea ciudadana o en el que no tenga residencia permanente, así como toda conducta encaminada a facilitar su estancia ilegal.

8.3. Desarrollo y protección de colaboradores

Los directivos y los responsables de las funciones del Grupo Interpump deben garantizar el respeto de la igualdad de oportunidades también en la gestión de la relación laboral, para mantener los lugares de trabajo libres de discriminación y para identificar y resolver rápidamente cualquier problema a este respecto.

Cada gerente está obligado a aprovechar al máximo el tiempo de trabajo de sus colaboradores, solicitando actuaciones coherentes con el desempeño de sus funciones y con los planes de organización del trabajo, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa vigente sobre horas de trabajo, períodos de descanso, vacaciones.

Constituye abuso de autoridad solicitar, como acto debido del superior jerárquico, servicios, favores personales o cualquier conducta que constituya una violación de este Código.

El Grupo Interpump promueve la participación de sus Colaboradores en el desempeño de su trabajo, previendo también momentos de participación en discusiones y decisiones funcionales para la realización de los objetivos de la empresa. Escuchar los diversos puntos de vista, de manera compatible con los requisitos de la empresa, permite al gerente formular las decisiones finales. Sin embargo, los colaboradores siempre deben participar en la implementación de las decisiones tomadas.

El Grupo Interpump considera que el conocimiento y las habilidades de sus colaboradores son elementos esenciales en la búsqueda de la excelencia y el crecimiento sostenible. El Grupo promueve iniciativas de formación, comprometiéndose a ofrecer herramientas y momentos de interacción, coordinación y acceso al know-how en todos los niveles organizativos.

8.4. Salud y Seguridad

Cada empresa del Grupo Interpump se compromete a difundir y consolidar una cultura de seguridad, conciencia de los riesgos del cumplimiento de la normativa aplicable localmente, promoviendo un comportamiento responsable por parte de todos los Colaboradores. También trabaja para preservar, especialmente a través de acciones preventivas, la salud y la seguridad de los trabajadores, así como el interés de otras partes interesadas.

El objetivo de cada empresa dentro del Grupo es proteger sus recursos humanos, patrimoniales y financieros, buscando constantemente las sinergias necesarias, no solo internamente, sino también con terceros, como proveedores, empresas y clientes involucrados. Con este fin, el Grupo Interpump lleva a cabo intervenciones de carácter técnico y organizativo a través de:

  • un análisis continuo del riesgo y la criticidad de los procesos, con referencia a los recursos a proteger
  • una mejora continua de las actividades de prevención
  • la preparación y actualización oportunas de las medidas y medios necesarios;
  • la adopción de las mejores tecnologías;
  • el control y la actualización de los métodos de trabajo;
  • la planificación e implementación de rutas y momentos de capacitación y comunicación.

El Grupo Interpump, de conformidad con las disposiciones de las normas de seguridad aplicables, para los fines anteriores, basa su conducta en los siguientes principios:

  • la evaluación y eliminación de los riesgos y, cuando ello no sea posible, su reducción al mínimo y, si es posible, en origen;
  • la sustitución de lo que es peligroso por lo que no es peligroso o es menos peligroso;
  • Observancia de los principios ergonómicos en el diseño de los lugares de trabajo y en la elección de los equipos de trabajo y de los métodos de trabajo y producción, en particular para mitigar el trabajo monótono y repetitivo y reducir los efectos de dicho trabajo sobre la salud;
  • consideración del grado de desarrollo técnico;
  • la planificación de la prevención, con el objetivo de integrar un conjunto coherente de la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores en el medio ambiente de trabajo;
  • la prioridad de las medidas de protección colectiva sobre las medidas de protección individual;
  • la adecuación de las instrucciones dadas a los trabajadores.

El Grupo Interpump se inspira en estos principios al adoptar las medidas necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, incluidas las actividades de evaluación de riesgos, información y formación, y, de manera más general, para establecer una organización y medios funcionales al objetivo.

Dentro de cada empresa del Grupo Interpump, tanto la alta dirección como los niveles operativos deben cumplir con estos principios, en particular cuando se deben tomar decisiones o tomar decisiones y, posteriormente, cuando se deben implementar dichas elecciones.

El cumplimiento de las disposiciones de este párrafo también debe ser garantizado por terceros.

8.5. Integridad y protección de la persona

El Grupo Interpump se compromete a proteger la integridad moral de sus Colaboradores, garantizando el derecho a condiciones de trabajo que respeten la dignidad personal. Por esta razón, protege a los trabajadores de actos de violencia psicológica y se opone a cualquier actitud o comportamiento que sea discriminatorio o perjudicial para la persona, sus creencias y preferencias (por ejemplo, en el caso de insultos, amenazas, aislamiento o intrusión excesiva, limitaciones profesionales).

Las empresas del Grupo Interpump prohíben a sus colaboradores, en todas las situaciones, adoptar conductas que puedan constituir acoso sexual, así como conductas o discursos que puedan ofender la sensibilidad del individuo.

Los colaboradores que consideren haber sido objeto de acoso o han sido discriminados por motivos relacionados con la edad, el sexo, la sexualidad, la raza, el estado de salud, la nacionalidad, las opiniones políticas y/o las creencias religiosas, podrán denunciar el incidente a través de los canales previstos por la Política de Gestión de Denuncias de Irregularidades al Jefe de Auditoría Interna de Interpump Group S.p.A., o al Órgano de Supervisión de las empresas italianas del Grupo que han adoptado un Modelo de Organización y Gestión de conformidad con el Decreto Legislativo 231/200 (para más detalles, véase el párrafo 9.3). Las diferencias de trato no son ni pueden considerarse discriminación si están justificadas o justificables sobre la base de criterios objetivos.

8.6. Protección de la personalidad individual

El Grupo Interpump condena cualquier actividad que pueda implicar la explotación o el sometimiento de un individuo y también reconoce la importancia primordial de la protección de los menores y la represión de cualquier forma de explotación del trabajo infantil.

Por lo tanto, el Grupo se compromete a no llevar a cabo ninguna forma de explotación o reducción a un estado de sometimiento de ninguna persona, incluidos los menores. Se requiere un compromiso similar de terceros que trabajan con o en nombre de las empresas del Grupo Interpump.

8.7. Gestión de la información

La Sociedad Matriz, Interpump Group S.p.A., es una sociedad de derecho italiano, que cotiza en el segmento FTSE MIB – Euronext Star Milan de la Bolsa de Valores italiana y, por lo tanto, la gestión de Información Privilegiada, es decir, información de carácter preciso, no hecha pública, directa o indirectamente relativa a Interpump Group S.p.A., que, de hacerse pública, podría tener un efecto significativo en el precio de las acciones cotizadas en el mercado, es de particular importancia. Todos los Colaboradores de Interpump Group S.p.A. están obligados, en el ámbito de sus funciones asignadas, a la correcta gestión de la información privilegiada, así como al conocimiento y respeto de los procedimientos y regulaciones de la empresa sobre el uso de información privilegiada y el abuso de mercado. Con este fin, está expresamente prohibido comportarse de tal manera que constituya, o pueda facilitar, el comportamiento de uso de información privilegiada o los casos de uso de información privilegiada y, en cualquier caso, la compra o venta de acciones de Interpump Group S.p.A., si está en posesión de información privilegiada o confidencial.

8.8. Confidencialidad y privacidad

La información, los datos, los conocimientos adquiridos, procesados y gestionados por los Colaboradores en el desempeño de su trabajo deben permanecer estrictamente confidenciales y estar debidamente protegidos. No podrán ser utilizados, comunicados o en ningún caso divulgados tanto dentro como fuera de la empresa propietaria y/o a la que se refieren, salvo que se cumpla con la normativa aplicable y los procedimientos de la empresa.

Los Colaboradores de las empresas del Grupo Interpump deben mantener confidencial cualquier información que posean en razón de sus funciones, prestando la máxima atención y evitando, a través de su conducta, revelar a colegas o terceros cualquier información perteneciente a la propia empresa que aún no sea pública. Los Colaboradores, ante solicitudes de datos e información confidencial de la empresa provenientes de terceros, como amigos, particulares, periodistas, analistas financieros e inversores, deben abstenerse de suministrar, directa o indirectamente, dichos datos e información, reservándose el derecho de dirigir la solicitud a la función competente de la empresa.

El Grupo Interpump adopta las medidas adecuadas para la protección de los datos personales y garantiza su tratamiento de conformidad con la legislación vigente.

Del mismo modo, los terceros están obligados a garantizar la plena confidencialidad de la información relativa a Interpump que llegue a su poder en razón de sus funciones y a tomar todas las medidas necesarias para garantizar la máxima seguridad de la información y de los sistemas en los que se almacena. Los terceros, responsables del procesamiento de datos personales, están obligados a garantizar que estos últimos se realicen de conformidad con la normativa vigente.

8.9. Registro y difusión de información

Todos los empleados en el desempeño de su trabajo y dentro del alcance de sus competencias y responsabilidades deben registrar y procesar datos e información con exactitud, precisión e integridad de conformidad con las regulaciones aplicables de vez en cuando.

Los registros y pruebas contables y financieros deben inspirarse en estos valores, reflejando exactamente lo que se describe en la documentación de respaldo.

Los registros contables y la información financiera no pueden transmitirse ni divulgarse a terceros sin la autorización de la función corporativa competente. Con este fin, el Grupo Interpump implementa y mantiene activas y actualizadas, a través de sus estructuras internas que rigen los sistemas de información, las funciones de los sistemas operativos y las aplicaciones corporativas destinadas a evitar la divulgación y / o manipulación no autorizada de datos corporativos.

8.10. Conflictos de intereses

Todos los Colaboradores de las empresas del Grupo están obligados a evitar situaciones en las que puedan surgir conflictos de interés y a abstenerse de aprovechar personalmente las oportunidades de negocio de las que puedan tener conocimiento en el ejercicio de sus funciones. A modo de ejemplo y sin limitación, las siguientes situaciones pueden dar lugar a conflictos de intereses.

  • cupar un puesto de alta dirección (Director General, Director, Jefe de Departamento) y tener intereses económicos con proveedores, clientes o competidores (propiedad de acciones, nombramientos profesionales, etc.), incluso a través de miembros de la familia hasta el cuarto grado;
  • mantener relaciones con los proveedores y realizar trabajos, incluso por un miembro de la familia hasta el cuarto grado, con los proveedores;
  • aceptar dinero o favores de personas o empresas que están o tienen la intención de entablar relaciones comerciales con Interpump;
  • poner a disposición de terceros, por parte de un empleado, información confidencial obtenida en el ejercicio de sus funciones o utilizarla en beneficio personal.

En caso de que aparezca un conflicto de intereses y en cualquier otro caso en el que existan razones serias de conveniencia, el Colaborador, que no es director (véase el párrafo siguiente), está obligado a informar a su supervisor. El colaborador también está obligado a proporcionar la debida información sobre las actividades realizadas fuera del horario laboral en caso de que puedan aparecer o estar en conflicto de intereses con la empresa.

8.11. Intereses de los administradores

Los administradores de las sociedades del Grupo, si tienen interés propio o por cuenta de terceros en una determinada operación, deberán informar a los demás administradores y al órgano de control, en su caso, especificando su naturaleza, términos, origen y alcance. Si es un director gerente, también debe abstenerse de llevar a cabo la transacción. Si es el único director, debe notificar a la primera junta de accionistas útil. En los casos anteriores, el motivo de la transacción y su conveniencia para la empresa deben estar justificados adecuadamente, en cualquier caso.

8.12. Protección de los activos de la empresa y cumplimiento de la política de TI

Cada Colaborador está obligado a actuar con diligencia para proteger los activos corporativos, a través de una conducta responsable y de acuerdo con los procedimientos operativos elaborados para regular su uso. En particular, cada colaborador deberá:

  • utilizar escrupulosamente los bienes que se le confían;
  • evitar el uso indebido de los activos corporativos que puedan causar daños o reducción de la eficiencia, o en cualquier caso en conflicto con los intereses de su propia empresa.

Cada Colaborador es responsable de la protección de los recursos que se le confían y tiene el deber de informar rápidamente a su gerente directo de cualquier amenaza o evento perjudicial. La protección y preservación de los activos corporativos es un valor fundamental para salvaguardar los intereses de su propia empresa y es responsabilidad de los Colaboradores (en el desempeño de sus actividades corporativas), no solo proteger dichos activos, sino también evitar su uso fraudulento o indebido. El uso de los activos corporativos por parte de los Colaboradores debe estar destinado exclusivamente y funcional para el desempeño de actividades corporativas o para los fines autorizados por las funciones corporativas de que se trate.

Las empresas del Grupo Interpump se reservan el derecho de evitar el uso distorsionado de sus activos mediante el uso de sistemas contables, informes de control financiero y análisis y prevención de riesgos, de conformidad con las disposiciones de las leyes vigentes (ley de privacidad, estatuto de los trabajadores, etc.).

En lo que respecta a las aplicaciones informáticas, cada Colaborador está obligado a:

  • cumplir escrupulosamente con lo establecido en las políticas de seguridad corporativas, con el fin de no comprometer la funcionalidad y protección de los sistemas informáticos;
  • no enviar mensajes de correo electrónico amenazantes e insultantes;
  • no utilice lenguaje de bajo nivel;
  • no hacer comentarios inapropiados que puedan ofender a la persona y/o dañar la imagen corporativa y/o la de su propia empresa;
  • no navegar en sitios de Internet con contenido indecoroso y/u ofensivo.

Cada Colaborador también tiene prohibido revelar contraseñas o códigos de acceso en su posesión por cualquier motivo. Asimismo, cada Colaborador se obliga a no realizar accesos no autorizados a los sistemas informáticos ajenos y a no comportarse de ninguna manera con el fin de destruir o dañar los sistemas informáticos o la información. Cada Colaborador, en general, está obligado en todo caso a cumplir con los principios de equidad, integridad, idoneidad y confidencialidad en el uso de las aplicaciones informáticas de conformidad con las políticas adoptadas en la materia por la empresa. En cualquier caso, debe evitarse cualquier conducta que pueda, de cualquier manera, incluso potencialmente, integrar violaciones de las disposiciones de la legislación aplicable y de las políticas actuales de su propia empresa.

SECCIÓN III – Criterios para la realización de negocios

8.13. Reglas generales

Las relaciones comerciales con terceros sólo son mantenidas por las personas autorizadas para ello de acuerdo con el organigrama, órdenes de servicio, delegaciones o poderes de su propia empresa.

Los colaboradores, en las relaciones comerciales con terceros, están obligados a comportarse éticamente y de conformidad con las leyes aplicables, marcadas por la máxima equidad, transparencia e integridad.

En las relaciones y relaciones comerciales o promocionales quedan prohibidas las prácticas y conductas ilícitas, colusorias o potencialmente ilegales, los pagos ilícitos, la incitación a la corrupción, el soborno, el favoritismo, la solicitación, directamente o a través de terceros, de ventajas personales y profesionales para sí o para terceros, contrarias a las leyes, reglamentos y/o a lo dispuesto en el presente Código Ético. Esta prohibición incluye la oferta, directa o indirecta, de libre disponibilidad de servicios, destinada a influir en decisiones o transacciones.

La adquisición de información relativa a terceros, ya sea de fuentes públicas o privadas o a través de organismos y/u organizaciones especializados, debe llevarse a cabo por medios lícitos, de conformidad con las leyes vigentes. En caso de que los Colaboradores se encuentren en la situación de recibir información confidencial, se comprometen a tratarla con la máxima discreción y confidencialidad para evitar que su empresa sea acusada de apropiación indebida y uso indebido de dicha información.

8.14. Programa Anticorrupción

Interpump Group se mantiene firme en su condena de cualquier forma de corrupción pública y/o privada, tomando todas las medidas necesarias para prevenir la comisión de delitos de corrupción, en todas sus formas y manifestaciones.

Se prohíbe cualquier conducta, por parte de cualquier persona, consistente en prometer u ofrecer, directa o indirectamente, dinero u otros beneficios a particulares, funcionarios públicos y/o personas a cargo de un servicio público, ya sea nacional o extranjero, de los cuales Interpump pueda obtener un interés o ventaja indebida o ilícita. La conducta mencionada anteriormente no está permitida si se lleva a cabo directamente por cada empresa del Grupo, a través de sus Colaboradores, o si se lleva a cabo a través de Terceros que actúan en nombre de Interpump. Los terceros están obligados a conformar su conducta a los principios de anticorrupción tanto en las relaciones con las entidades públicas como en las relaciones con las entidades privadas, en cumplimiento de la normativa aplicable.

Las personas designadas por Interpump para dar seguimiento a cualquier solicitud o, en cualquier caso, tener relaciones con la Administración Pública, ya sea local o extranjera, no deben por ningún motivo tratar de influir indebidamente en sus decisiones. También está prohibida toda conducta encaminada a influir ilegítimamente en el resultado de los procedimientos penales, civiles y administrativos.

En el cumplimiento de su política de lucha contra cualquier forma de corrupción, el Grupo Interpump se compromete, entre otras, a las siguientes actividades: (i) difusión dentro de la empresa de una cultura opuesta a cualquier forma de corrupción; ii) evaluación de las contrapartes contractuales; iii) adopción de programas de comunicación y capacitación; iv) un seguimiento constante de cualquier necesidad de actualizar los sistemas procedimentales.

Para ello, el Grupo Interpump ha adoptado un modelo organizativo capaz de:

  • administrar y monitorear actividades relacionadas con regalos, donaciones, gastos de entretenimiento;
  • gestionar y supervisar el proceso de selección, contratación y evaluación del personal;
  • supervisar los procesos destinados a definir los estados financieros legales y los estados financieros consolidados, garantizando su exactitud y transparencia;
  • garantizar el seguimiento y la trazabilidad de los flujos financieros;
  • garantizar la correcta asignación de poderes y el cumplimiento de los principios de segregación de funciones en la gestión de cada proceso corporativo;
  • imponer sanciones disciplinarias en caso de incumplimiento de la conducta prescrita;
  • garantizar la tramitación adecuada de los informes;
  • garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable localmente y de las normas impuestas a nivel del Grupo, cuando sean más estrictas;
  • garantizando la trazabilidad de los procesos y el archivo de la documentación.

8.15. Regalos y obras de caridad

No se permite ninguna forma de gratificación que solo pueda interpretarse como una excedencia de las prácticas comerciales normales o de cortesía, o en cualquier caso dirigida a adquirir un trato favorable en la realización de cualquier actividad relacionada con Interpump. En particular, está prohibida cualquier forma de gratificación a los funcionarios públicos, italianos o extranjeros, o a sus familiares, que pueda influir en su independencia de juicio o inducir a los primeros a obtener cualquier ventaja para su propia empresa. Además, no está permitido ofrecer, prometer o dar a terceros privados, directa o indirectamente, dinero indebido u otros beneficios para inducirlos a realizar u omitir actos que incumplan las obligaciones inherentes a su cargo o que incumplan sus obligaciones de lealtad. Del mismo modo, no está permitido solicitar o recibir de terceros privados, directa o indirectamente, dinero indebido u otros beneficios para inducirlos a realizar u omitir un acto en violación de las obligaciones inherentes a su cargo o en incumplimiento de sus obligaciones de lealtad.

Esta disposición se refiere tanto a los regalos prometidos, ofrecidos o solicitados, como a los recibidos o dados, entendiéndose por regalo cualquier tipo de utilidad o beneficio no debido.

En todos los casos, Interpump Group se abstendrá de prácticas no permitidas por la ley, la costumbre comercial o los códigos de ética, si se conocen, de las empresas o entidades con las que tiene relaciones. Excepcionalmente, solo se aceptarán regalos o obsequios de carácter puramente simbólico o personalizado y, en cualquier caso, de un importe unitario no superior a 100,00 euros. Del mismo modo, los únicos obsequios permitidos a favor de terceros son aquellos caracterizados por la exigencia de su valor y, en cualquier caso, de un importe unitario no superior a 100,00 euros o destinados a promover la imagen de marca de su empresa o del Grupo Interpump. En cualquier caso, está expresamente prohibido aceptar o hacer (incluso con fondos personales) regalos en efectivo.

En cualquier caso, todos los regalos ofrecidos o recibidos, con la excepción de los de valor modesto y, por lo tanto, de una cantidad no superior a 100,00 euros, deben estar adecuadamente documentados para que el Jefe de Auditoría Interna de Interpump Group S.p.A., o el Órgano de Supervisión de las empresas italianas del Grupo que hayan adoptado un Modelo de Organización y Gestión de conformidad con el Decreto Legislativo 231/20001, puede llevar a cabo las comprobaciones adecuadas. La oferta de dinero a los Colaboradores del Grupo Interpump por parte de terceros para inducirlos a realizar u omitir un acto en violación de sus obligaciones constituye un delito punible por la ley.

Los Colaboradores del Grupo Interpump que reciban dinero, regalos u otros beneficios más allá de las hipótesis permitidas deben notificarlo al Jefe de Auditoría Interna del Grupo Interpump S.p.A., o al Órgano de Supervisión de las empresas italianas del Grupo que han adoptado un Modelo de Organización y Gestión de conformidad con el Decreto Legislativo 231/20001, que evaluará su idoneidad y notificará al remitente la política del Grupo Interpump en la materia.

8.16. Relazioni con i clienti e qualità di prodotto

Interpump Group considera que la satisfacción del cliente es un factor de importancia primordial para su éxito.

En consecuencia, se presta especial atención a la comprensión de las necesidades de los clientes y a proporcionar soluciones que mejor satisfagan sus necesidades. En particular, la política de Interpump es garantizar estándares de calidad adecuados de los servicios/productos ofrecidos sobre la base de niveles predefinidos y, con este fin, supervisa periódicamente la calidad percibida.

Además, las empresas del Grupo Interpump se esfuerzan por desarrollar e implementar sus productos con soluciones técnicas innovadoras que minimicen el impacto ambiental y el consumo de energía y garanticen a los clientes la máxima seguridad.

8.17. Relaciones con proveedores

Los procesos de compra están marcados por la búsqueda de la máxima ventaja competitiva para Interpump Group, la concesión de igualdad de oportunidades a cada proveedor, la lealtad y la imparcialidad.

En la elección de los proveedores, no se permiten ni aceptan presiones indebidas, como favorecer a un proveedor sobre otro y socavar la credibilidad y la confianza que los mercados de cada empresa del Grupo tienen con respecto a la transparencia y el rigor en la aplicación de la ley y los procedimientos de la empresa.

El Grupo Interpump evalúa y selecciona a sus proveedores a través de métodos objetivos basados, no solo en la calidad, sino también en la innovación, los costos y los servicios ofrecidos, así como en su desempeño socioambiental y el respeto de los valores establecidos en el Código de Ética, creando relaciones que conducen a la creación de valor.

8.18. Relaciones con las instituciones

Las relaciones con las instituciones están reservadas exclusivamente a las funciones corporativas delegadas a tal fin. Estas relaciones deben caracterizarse por la máxima transparencia, claridad y corrección y de tal manera que no conduzcan a interpretaciones sesgadas, falsas, ambiguas o engañosas por parte de los sujetos institucionales, privados y públicos, con los que se mantienen relaciones en diversas capacidades.

8.19. Medio ambiente

Interpump Group considera el medio ambiente como un activo principal. Las empresas del Grupo Interpump, en la medida de lo tecnológicamente posible, se comprometen a reducir los impactos ambientales dentro de sus procesos operativos, con especial atención al ahorro de energía, el consumo de agua, la reducción de las emisiones a la atmósfera y la reducción de la producción de residuos. El Grupo considera ineludible la necesidad de proteger el medio ambiente, en beneficio de la comunidad y de las generaciones futuras, y por ello adopta las medidas más adecuadas para preservar el propio medio ambiente, promoviendo y planificando el desarrollo de sus actividades en línea con este objetivo. Para ello, la empresa del Grupo se compromete a minimizar el impacto ambiental y paisajístico de sus actividades de conformidad con la normativa vigente, teniendo en cuenta y potenciando el progreso de la investigación científica y las mejores experiencias en la materia. En particular, Interpump Group adopta un enfoque preventivo de los desafíos ambientales, implementando políticas orientadas a la reducción progresiva de los impactos directos e indirectos de sus actividades y la promoción de una mayor sensibilidad y compromiso con la protección del medio ambiente, tanto a nivel local (calidad del suelo, el aire y el agua en el territorio en el que opera) como con referencia a los desafíos globales (biodiversidad y cambio climático).

8.20. Relaciones económicas con partidos políticos, sindicatos y asociaciones

El Grupo Interpump no financia partidos políticos, ni en Italia ni en el extranjero, a sus representantes o candidatos, y no patrocina congresos o partidos políticos que tengan un propósito de propaganda política. Interpump se abstiene de cualquier presión directa o indirecta sobre los representantes políticos (por ejemplo, aceptando recomendaciones de contratación, contratos de consultoría, etc.).

Interpump Group no realiza contribuciones a organizaciones con las que pueda surgir un conflicto de intereses y, en particular, no proporciona financiación a los sindicatos de trabajadores, ni a sus representantes, ni en Italia ni en el extranjero, a menos que cumpla con la normativa aplicable y con total transparencia.

El Grupo Interpump reconoce a los sindicatos de trabajadores y se compromete a mantener relaciones de colaboración leal con ellos.

8.21. Relaciones con los organismos reguladores y de defensa de la competencia

El Grupo Interpump garantiza el cumplimiento pleno y escrupuloso de las normas antimonopolio y de las disposiciones de las Autoridades que regulan el mercado. Interpump no niega ni retrasa ninguna información solicitada por las autoridades antimonopolio u otros organismos reguladores en sus respectivas funciones de inspección y coopera activamente durante el curso de los procedimientos de investigación.

8.22. Subvenciones y financiación

Las aportaciones, subvenciones o financiaciones obtenidas de la Unión Europea, del Estado u otra Entidad Pública, aunque sean de escasa cuantía y/o cuantía, deberán destinarse a los fines para los que fueron solicitadas y concedidas.

Del mismo modo, en caso de participación en procedimientos públicos, los destinatarios de este Código están obligados a operar de conformidad con la ley y las prácticas comerciales correctas, evitando en particular inducir a las Administraciones Públicas a operar indebidamente en favor de las empresas del Grupo Interpump.

8.23. Medios de comunicación de masas

Las relaciones con los medios de comunicación se caracterizan por el respeto del derecho a la información.

La comunicación externa de datos o información debe ser veraz, precisa, clara, transparente, respetuosa del honor y confidencialidad de las personas, coordinada y coherente con las políticas de Interpump. La información perteneciente a Interpump y dirigida a los medios de comunicación sólo podrá ser divulgada por las funciones corporativas delegadas para ello o con su autorización, de conformidad con los procedimientos corporativos.

En cualquier caso, y en particular en las relaciones con los medios de comunicación, está prohibida la propaganda o la incitación al racismo y/o la xenofobia, especialmente cuando se cometan de manera que den lugar a un peligro concreto de difusión y se basen total o parcialmente en la negación de la Shoah, los delitos de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

8.24. Blanqueo de capitales y terrorismo

El Grupo Interpump lleva a cabo su actividad en pleno cumplimiento de las normas vigentes contra el blanqueo de capitales y el terrorismo y de las disposiciones emitidas por las autoridades italianas y extranjeras competentes, y con este fin se compromete a negarse a realizar operaciones sospechosas desde el punto de vista de la equidad y la transparencia en todos los países en los que opera.

En particular, ni las empresas del Grupo ni sus Colaboradores estarán, en el desarrollo de cualquier actividad empresarial y laboral, de ninguna manera y bajo ninguna circunstancia, implicados en el blanqueo de capitales, el autoblanqueo o la reutilización de dinero derivado de actividades ilícitas o delictivas y/o en operaciones y actividades destinadas a favorecer el terrorismo.

Con este fin, antes de establecer relaciones o estipular contratos con proveedores y otros socios, el Grupo Interpump y sus Colaboradores verificarán la información disponible sobre terceros y sus colaboradores para determinar su integridad moral, reputación, buen nombre y legitimidad de sus actividades.

El cumplimiento de las disposiciones de esta Sección también se requiere a terceros.

8.25. Exportación de productos

Al exportar productos y también con referencia a cualquier pieza y/o componente obtenido de su desmontaje, las empresas del Grupo Interpump operan de conformidad con las regulaciones de “doble uso”.

El Grupo Interpump también se compromete a garantizar que sus actividades comerciales se lleven a cabo de tal manera que no viole bajo ninguna circunstancia las leyes de embargo internacional y control de exportaciones vigentes en los países en los que opera.

8.26. Propiedad intelectual

El Grupo Interpump salvaguarda sus propios derechos de propiedad intelectual, incluidas patentes, marcas comerciales, signos de reconocimiento y derechos de autor, adhiriéndose a las políticas y procedimientos previstos para su protección. Asimismo, respeta la propiedad intelectual de terceros.

La reproducción no autorizada de software, documentación u otro material protegido por derechos de autor también es contraria a las políticas de Interpump. En particular, las empresas del Grupo Interpump respetan las restricciones especificadas en los acuerdos de licencia relativos a la producción/distribución de productos de terceros o los estipulados con sus propios proveedores de software y prohíben el uso o reproducción de software o documentación fuera de lo permitido por cada uno de los acuerdos de licencia antes mencionados.

8.27. Competencia leal

Todas las relaciones con los competidores, reales o potenciales, se caracterizan por la lealtad y la equidad y, en consecuencia, el Grupo desaprueba cualquier comportamiento que pueda constituir un impedimento o perturbación para el ejercicio de un negocio o comercio.

8.28. Delincuencia organizada

Interpump Group prohíbe cualquier conducta que pueda facilitar incluso indirectamente la comisión de delitos de carácter asociativo, ya sean de carácter nacional o transnacional, como, en particular, la asociación delictiva destinada al tráfico ilegal de armas y/o sustancias estupefacientes o psicotrópicas. El cumplimiento de las disposiciones de esta Sección también se requiere a terceros.

9. MÉTODOS DE APLICACIÓN

9.1. Comunicación y formación

Este Código de Ética se pone en conocimiento de las partes interesadas internas y externas a través de un programa de actividades apropiadas de comunicación y difusión.

Para garantizar la correcta comprensión de este Código, Interpump Group S.p.A. y sus filiales, preparan y llevan a cabo, también sobre la base de las indicaciones del Jefe de Auditoría Interna de Interpump Group S.p.A., o del Consejo de Supervisión de las empresas italianas del Grupo que han adoptado un Modelo de Organización y Gestión de conformidad con el Decreto Legislativo 231/2001, una actividad formativa destinada a fomentar el conocimiento de los principios y normas éticas establecidos en este Código. Las iniciativas de capacitación se diferencian según el rol y la responsabilidad de los Colaboradores.

9.2. Conflicto con el código de ética

En caso de que incluso una de las disposiciones de este Código entre en conflicto con las disposiciones contenidas en los reglamentos internos o procedimientos de la empresa del Grupo Interpump, el Código de Ética prevalecerá sobre dichas disposiciones.

9.3. Gestión de denuncias de irregularidades

Interpump Group adopta una política de gestión de irregularidades en línea con las mejores prácticas nacionales e internacionales de referencia y en cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios vigentes.

El Grupo Interpump, en particular, se compromete a garantizar que todos los casos de incumplimiento notificados sean conocidos y gestionados por los organismos corporativos competentes.

Interpump Group se inspira en los siguientes principios en la gestión de informes de incumplimiento:

  • protección de la parte denunciante (denunciante) y de la persona denunciada contra cualquier forma o acto de represalia y/o discriminación;
  • protección de la confidencialidad de la identidad del denunciante;
  • aceptación y evaluación de la denuncia anónima de irregularidades, cuando se base en elementos fácticos precisos y concordantes;
  • almacenamiento de los datos relativos a cualquier informe en medios electrónicos especiales y en áreas con acceso limitado, que solo se permite después de una autenticación específica.

Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier caso, los Colaboradores de Interpump y terceros pueden informar cualquier situación de incumplimiento de la que tengan conocimiento en el desempeño de sus actividades al Jefe de Auditoría Interna de Interpump Group S.p.A., o al Consejo de Supervisión de las empresas italianas del Grupo que hayan adoptado un Modelo de Organización y Gestión de conformidad con el Decreto Legislativo 231/2001, a través de los canales previstos en el Procedimiento de Gestión de Denuncias de Denuncias, publicado en la página web de la empresa en https://www.interpumpgroup.it/uk/segnalazioni.aspx.

10. SANCIONES

El cumplimiento de este Código se considerará parte esencial de las obligaciones contractuales asumidas por los Colaboradores y terceros. Se suma a la obligación de cumplir de buena fe los deberes generales de lealtad, equidad y ejecución del contrato de trabajo.

En particular, cualquier incumplimiento de las normas de este Código constituye un incumplimiento de las obligaciones derivadas de la relación laboral, con todas las consecuencias contractuales y legales, también con respecto a la relevancia de la misma como una falta disciplinaria y / o la preservación de la relación laboral. También puede implicar una compensación por daños incurridos por cualquier empresa del Grupo Interpump.

Del mismo modo, en lo que respecta al personal no empleado y a terceros, la violación de las normas de este Código constituye un incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales, con todas las consecuencias legales, incluida la terminación del contrato y / o asignación. También puede implicar una compensación por daños incurridos por cualquier empresa del Grupo Interpump.



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